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Psicoanálisis y Economía

domingo, 23 de enero de 2011

Conciencia de objeción

Sebastian Plut

Me gusta la idea de Camus cuando afirma que conocer una ciudad es conocer cómo se ama, como se trabaja y cómo se muere en ella. La reciente sanción de la ley que am-plió el alcance del instituto matrimonial, pues, constituyó una forma de (re) conocer la diversidad de opciones amorosas. Más bien, deberíamos decir que la nueva ley informó y actualizó al Código Civil sobre cuál es la realidad.

Leímos muchas opiniones a favor y en contra de la ley de matrimonio homosexual y quisiera ahora reflexionar sobre las últimas (objeciones).

1. La primera observación que puedo hacer es que no escuché ninguna objeción que se hubiera fundamentado en un pensamiento secular, lo cual introduce el debate en la discusión más amplia acerca de las relaciones entre Estado y religión.
2. Por otro lado, algunos de los argumentos para oponerse a la ley, en rigor, expusie-ron diferentes problemas y situaciones que habrá que resolver o que incitan a nuevas soluciones (contradicciones entre leyes, cuestiones ligadas con la adopción, instrucción de los jueces, etc.). Claro que también conviene decir que nada de lo que se espera que ocurra como conflicto se parece a la Caja de Pandora.
3. Un punto que parece incitar futuras discusiones refiere a la denominada objeción de conciencia, por ejemplo, un juez que por cuyas creencias religiosas se oponga a casar a personas del mismo sexo.
Ahora bien, ¿debemos admitir que un funcionario público quede eximido de sus obliga-ciones por una creencia religiosa? ¿No debería considerarse que el derecho lo asiste, lógicamente, a conservar sus creencias pero que estas últimas, entonces, constituyen un obstáculo para seguir ejerciendo sus funciones, al menos en el ámbito público? ¿Por qué ese funcionario no le pide la objeción de conciencia a la iglesia en cuestión? Es decir, ¿por qué no le solicita a las autoridades de su credo que lo eximan de observar determinada “norma” ya que sus deberes como funcionario público le exigen cumplir con el derecho? No olvidemos que en un país laico el derecho y el Estado son más abarcativos que la religión.
4. La Senadora Escudero, por ejemplo, afirmó que en las provincias serían más conser-vadores que en la Capital Federal y, aun así, pudieron escuchar y abrir su cabeza. Pre-cisamente, si esta ley es difícil de admitir no querrá decir que debamos oponernos a ella sino que nos exige movilizar nuestras mentes y prejuicios.
5. Otra preocupación que escuché y leí es qué se les va a informar y transmitir a los niños (en las escuelas, en los hogares, etc.). Dejando de lado que es muy posible que lo difícil no sea para los niños sino para los adultos, que haya algo complejo de expli-car, eventualmente, no es motivo o argumento para rechazar una ley.
De todos modos, intuyo que hay muchas preguntas tanto más difíciles de responder. Por ejemplo, si nuestros hijos nos preguntan cómo fue posible que quienes gobernaron el país en algún momento hayan sido asesinos, o bien si nos piden que les explique-mos qué es un ángel.
6. Tampoco pude entender por qué reservar la palabra matrimonio al vínculo hetero-sexual y, más aun, descreí del reconocimiento de derechos que se pretendía exhibir con la propuesta de unión civil. Recordé que cuando a Freud le propusieron no usar en su teoría los términos sexualidad o erotismo, aquél sostuvo que “nunca se sabe adón-de se irá a parar por ese camino; primero uno cede en las palabras y después, poco a poco, en la cosa misma”. Los términos, las palabras, las formas de denominar algo, no es un aspecto secundario y no podemos seguir aprobando designaciones que resulten excluyentes. Por ejemplo, todos habremos escuchado a alguien decir que tal persona tiene una “inclinación homosexual”, aunque nunca escuchamos el término “inclinación” aplicado a un deseo heterosexual. Insisto, pues, el lenguaje jurídico no debería reflejar ni reproducir nuestros prejuicios o limitaciones intelectuales.
7. Se insiste en que se ha legislado para una minoría. Quienes adhieren a esta ley, reconocen en ello la conquista de un derecho para un sector de la sociedad, mientras que quienes cuestionan esta ley, perciben en ello un ataque a un supuesto interés de las mayorías.
Si consideramos el efecto concreto e inmediato (que las personas del mismo sexo pue-dan casarse), efectivamente, se trató de legislar para una minoría. Ahora bien, si con-sideramos que esta ley generará mayor tolerancia, menos prejuicios y menos hipocre-sía, entonces se trató de una legislación para el conjunto de la sociedad.
8. Para finalizar, seguramente no solo yo escuché cómo se ha citado a Aristóteles, quien habría dicho que la justicia consiste en tratar a los hombres como iguales en lo que son iguales y como desiguales en lo que son desiguales. Esta premisa llevó a al-gunos a sostener que, por ejemplo, homosexuales y heterosexuales deberían tener los mismos derechos en la salud, ya que todos tienen el mismo tipo de hígado o riñón, pero las aguas deberían dividirse en el terreno del matrimonio (como son desiguales en la elección sexual, la ley debe proponer alternativas también desiguales).
En virtud de esto, por momentos supuse que el rechazo a la ley se originaba en una dificultad parea reconocer y aceptar la diversidad, en una aversión a lo diferente. Sin embargo, creo que las razones de los opositores derivaron de no tolerar la afinidad que esta nueva ley visibiliza y reconoce.

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